PROGRAMA DE PRESTACIONES ECONÓMICAS
PROGRAMA DE PRESTACIONES ECONÓMICAS
Comprende todas aquellas medidas que posibilitan a las personas mayores de 60 años con problemas motores o sensoriales su mantenimiento y permanencia en su entorno habitual, incrementando su autonomía y favoreciendo sus relaciones e integración en la sociedad.
Exclusiones e incompatibilidades:
- Aquellas ayudas que sean competencia de otros organismos públicos: becas de comedor, becas de libros, ....
- Aquellas que hayan sido cubiertas por otras instituciones públicas o privadas.
Cuyo objeto es proporcionar una prestación enconómica mensual y asistencia médico-farmaceútica gratuita a las personas que nunca hayan cotizado o lo hayan hecho de forma insuficiente.
Destinatarios:
Pensión no contributiva de jubilación:
- - Mayor de 65 años en la fecha de la solicitud.
- Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 10 años, entre la edad de 16 años y la edad de devengo de la pensión, de los cuales dos deberán ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la solicitud.
- - Carecer de rentas o ingresos suficientes.
Pensión no contributiva de invalidez:
- - Mayor de 18 años y menor de 65, en la fecha de la solicitud.
- - Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.
- - Estar afectados por una minusvalía o enfermedad crónica igual o superior al 65%.
- - Carecer de rentas o ingresos suficientes.
Documentos asociados:
La renta garantizada de ciudadanía es una prestación económica gestionada por la red pública de servicios sociales de carácter universal, vinculada al compromiso de los destinatarios de promover de modo activo su inserción sociolaboral y cuya finalidad es prestar un apoyo económico que permita favorecer la inserción sociolaboral de las personas que carezcan de recursos suficientes para mantener su adecuado bienestar personal y familiar, atendiendo a los principios de igualdad, solidaridad, subsidiariedad y complementariedad.
Requisitos:
Las personas interesadas en solicitar estas ayudas deberán:
- Cumplir los requisitos establecidos en la Ley 9/2007, de 12 de marzo, de la Generalitat, de Renta Garantizada de Ciudadanía en la Comunitat Valenciana.
- Presentar la solicitud y la documentación necesaria en los servicios sociales generales del municipio donde esté empadronado, o bien, ante la Dirección Territorial de Bienestar Social de su provincia, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Se trata de uan ayuda de pago único de 525 euros para apoyar en el pago del alquiler de los beneficiarios de uan Pensión no contributiva.
Requisitos:
- Tener reconocida una pensión de jubilación o invalidez de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, en la fecha de la solicitud y en la de resolución.
- Carecer de vivienda en propiedad.
- Ser titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- No tener con el arrendador de la vivienda alquilada relación conyugal o de parentesco hasta el tercer grado ni constituir con aquél una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal.
- Tener fijada su residencia, como domicilio habitual, en una vivienda alquilada. Se entenderá que es el domicilio habitual cuando la vigencia del arrendamiento no sea inferior a un año y haya residido en la misma durante un período mínimo de 180 días anteriores a la fecha de la solicitud.
- Si en la misma vivienda alquilada conviven dos o más personas que tuvieran reconocida una PNC, sólo tendrá derecho a este complemento aquel que sea el titular del contrato de arrendamiento o, de ser varios, el primero de ellos.
Documentos asociados: